Mediante el acuerdo 470 del 2011 se establece la obligatoriedad de la revisión general de los sistemas de transporte vertical en establecimientos que acumulen personas, tales como: ascensores, escaleras y puertas eléctricas. Esto con el fin de certificar y garantizar su óptimo funcionamiento para la comunidad que diariamente lo utiliza.

En el 2017 según un informe arrojado por el concejal Rolando González afirma que 8 de cada 10 ascensores no cuentan con un certificado de inspección que garantice las óptimas condiciones para funcionar Informó noticiero  City TV. Una cifra que en su momento puso en alerta a todo el gremio de administradores de propiedad horizontal generando una reflexión sobre la importancia de cumplir con esta normatividad.

El acuerdo 470 del 2011,  nace con el objetivo de prevenir accidentes en los sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas que funcionan dentro de edificios públicos y privados en el país.  Esta a su vez, obliga a los administradores de edificios en los cuales funcionen ascensores, escaleras o puertas eléctricas a contratar mínimo anualmente, el diagnóstico, la revisión y acreditación del óptimo funcionamiento de los equipos antes nombrados.

 

 

Por eso es necesario aclarar que el personal correcto para gestionar esta normatividad debe estar calificado y acreditado por la ONAC (Organismo Nacional de Acreditación), así, el administrador del inmueble garantiza que el diagnóstico y la revisión del funcionamiento de estos equipos cumplen con las condiciones mínimas para garantizar una excelente operación y de esta manera obtener la certificación según lo decretado por la norma técnica colombiana.

También debes tener en cuenta como administrador que la revisión general anual (RAG) es distinta al mantenimiento preventivo que debes suministrar a estos equipos. Por lo tanto, es de carácter obligatorio tener presente la responsabilidad de estar al día en estos dos procesos ya que al momento de obtener la certificación debes demostrar oficialmente el mantenimiento que se ha realizado en el equipo y las revisiones periódicas al mismo garantizando su buen funcionamiento. Y de esta manera cumplir con los requisitos para obtener la certificación.

Por último, debes recordar que, conforme a las normas adaptadas en este acuerdo, es obligación del administrador ubicar a la entrada de los ascensores, escaleras o puertas eléctricas, la certificación de revisión anual, así toda la comunidad residencial reconoce el cumplimiento de esta obligatoriedad.

 

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