Normalmente cuando ocurre alguna anomalía o experiencia de inseguridad en la copropiedad, por obligación los primeros en tener que dar respuesta ante estas situaciones son los administradores y la empresa de vigilancia que esté contratada. Por eso, es necesario tener en cuenta estos puntos claros, para evitar malentendidos con la ley y garantizar una gestión correcta frente a este importante tema de la seguridad.

La seguridad siempre es uno de los temas más importantes a considerar cuando se habla de acuerdos dentro de una comunidad, por lo tanto, es deber del administrador y miembros del consejo, garantizar la organización y seguridad de la copropiedad. Para ello, primero se debe tener el conocimiento y la capacidad para poder afrontar cualquier situación y contar con los parámetros y obligaciones al día para así reducir riesgos dentro de la copropiedad.

Si bien es cierto, ninguna copropiedad está exenta de alguna calamidad, modalidad de robo o situación de inseguridad dentro de ella, por eso es necesario un excelente esquema de seguridad y prevención que acompañe la gestión administrativa. Para el administrador, como representante jurídico de la propiedad, es necesario tener claro ciertos aspectos y obligaciones que debe precisar antes de tomar alguna decisión o sacar conclusiones sin sentido alguno.

 

 

  1.  La propiedad residencial debe contar con un estudio de vulnerabilidad. Se trata de un estudio para identificar aquellos aspectos o irregularidades que no son precisos y no se pueden controlar alrededor de la propiedad residencial. Bajo este diagnóstico se puede analizar y tomar mejores decisiones para la seguridad del inmueble residencial.
  2. Se aconseja contratar una empresa de seguridad que esté avalada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada: No puedes contratar personal de seguridad directamente, de hacerlo así, se pueden incurrir en faltas que pueden ocasionar sanciones con multas que oscilan entre 20 y 40 salarios mínimos legales de acuerdo con la normatividad vigente.
  3. El artículo 89 del decreto 356 (Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada) define que los servicios de vigilancia y seguridad privada pueden pactar con la copropiedad la contratación de un seguro de amparo ante estas situaciones de inseguridad en la copropiedad, como medida preventiva para todos en la zona residencial.
  4. Se debe estudiar muy bien cada situación y establecer responsabilidades en fallas, lo que pudo ocasionar el robo en la propiedad; si fue por descuido del residente o mala gestión del vigilante o una acción premeditada. El administrador como figura mediadora y objetiva debe observar la situación muy detallada y profesionalmente para dar un fallo final pues finalmente es la persona jurídica del predio que debe dar respuesta.
  5. Implementa herramientas de tecnología que permitan fortalecer la vigilancia, apóyate de servicios tecnológicos tales como: citofonía virtual, video porteros, cámaras IP, que te garantice una seguridad total en la copropiedad.  Recuerda que Logity nace para trabajar este punto exitosamente.

La seguridad en la comunidad prima como elemento fundamental del desarrollo de la copropiedad, por eso es necesario tener esos puntos claros e informarse del tema para accionar adecuadamente dependiendo el caso de inseguridad que se presente en tu copropiedad.

Recuerda, no se trata de establecer culpables sino de prevenir y evitar que estas situaciones se lleguen a presentar.

 

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